
En etapa de revisión de los antecedentes técnicos está el proceso de declaratoria de humedales urbanos la Laguna Avendaño en Quillón y el Humedal San Miguel de Chillán, fase que se desarrollará durante el mes de octubre.
Los municipios de ambas comunas presentaran la solicitud de reconocimiento como humedal urbano al Ministerio del Medio Ambiente y que ya pasó el análisis de admisibilidad, dando inicio al proceso de manera formal según la ley 21.202 de Humedales Urbanos.
En ese marco, el seremi de Medio Ambiente de la región de Ñuble, Patricio Caamaño realizó una visita a la Laguna Avendaño de Quillón y al Humedal San Miguel de Chillán con el fin de revisar preliminarmente, y de manera exhaustiva, la cartografía del polígono presentado por cada municipio, enmarcado en el proceso de declaratoria de Humedales Urbanos.
El objetivo fue constatar en terreno que el área propuesta como humedal se encuentre correctamente delimitada acorde a los tres criterios de delimitación definidos en el Reglamento de humedales Urbanos: (I) la presencia de vegetación hidrófita; (II) la presencia de suelos hídricos con mal drenaje o sin drenaje; y/o (II) un régimen hidrológico de saturación ya sea permanente o temporal que genera condiciones de inundación periódica, trabajo que contó con el apoyo del proyecto GEF de humedales costeros del Ministerio del Medio Ambiente y profesionales ambientales de ambos municipios.
Caamaño explicó que el trabajo en el polígono consiste en “delimitar, después recibir una cantidad importante de observaciones para mejorar el instrumento, donde lo que único que se busca es darle la posibilidad de una denominación, por parte del Ministerio de Medio Ambiente, como humedal urbano”.
En específico, los criterios a analizar, establecidos en el Reglamento de Humedales Urbanos, fueron: la presencia de vegetación hidrófita; la presencia de suelos hídricos con mal drenaje o sin drenaje; y un régimen hidrológico de saturación ya sea permanente o temporal que genera condiciones de inundación periódica.
Se entiende como Humedal Urbano a todas aquellas extensiones de marismas, pantanos y turberas, o superficies cubiertas de aguas, sean éstas de régimen natural o artificial, permanentes o temporales, estancadas o corrientes, dulces, salobres o saladas, incluidas las extensiones de agua marina, cuya profundidad en marea baja no exceda los seis metros y que se encuentren total o parcialmente dentro del límite urbano.
La Ley 21.2020/2020 de Humedales Urbanos, busca asegurar la protección de los humedales que se encuentren total o parcialmente dentro del radio urbano, declarados por el Ministerio de Medio Ambiente, bajo la figura de “Humedal Urbano”, de oficio o a petición de los Municipios.
Actualmente en la región hay seis procesos iniciados de declaratoria de Humedal Urbano en curso: La Laguna Avendaño de Quillón, los humedales San Miguel y Quinquehua Cato de Chillán, y los humedales Itata, Perales y La Cascada de Coelemu.
escrito por TBB